Contrato de Trabajo

¿Cuándo estoy en relación de dependencia?

Contrato de Trabajo

¿Cuándo estoy en relación de dependencia?

Estás en relación de dependencia cuando trabajás para un empleador que te da órdenes, fija horarios y te paga un sueldo a cambio de tu trabajo. Además, debe registrarte y hacer los aportes correspondientes a la seguridad social.

¿Cómo sé si mi empleador me tiene registrado?

Podés verificar tu registración laboral solicitando tu recibo de sueldo o consultando en ARCA con tu clave fiscal.

¿Cuáles son mis derechos si trabajo en relación de dependencia?

Si estás registrado, tenés derecho a:
• Sueldo en blanco con aportes previsionales.
• Vacaciones pagas.
• Aguinaldo.
• Obra social y ART.
• Indemnización en caso de despido sin causa.

¿Qué hago si mi empleador no me registró?

Si trabajás en negro, podés reclamar tu registración y exigir indemnizaciones si te despiden. Comunicate con nosotros para asesorarte sobre tu situación laboral.

¿Tenés más dudas sobre el contrato de trabajo?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Convenio Colectivo de Trabajo

¿Cómo sé cuál es mi convenio colectivo de trabajo? ¿Cuál es el monto del salario que debo percibir?

Convenio Colectivo de Trabajo

¿Cómo sé qué Convenio Colectivo de Trabajo me corresponde?

El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) aplicable depende de la actividad de la empresa donde trabajas. También influye tu categoría laboral dentro de esa actividad.
Para saber cuál te corresponde, podés consultar tu recibo de sueldo, preguntar en tu sindicato, verificar en el sitio web del Ministerio de Trabajo o consultarnos.

¿Cómo se fija mi salario según el convenio colectivo?

El sueldo mínimo que debés recibir se determina en el acuerdo salarial firmado entre los sindicatos y las cámaras empresariales dentro de la negociación colectiva.

¿Puedo cobrar por encima de lo que dice el convenio?

Sí, tu empleador puede pagarte más que el salario mínimo del convenio, pero nunca menos.

¿Qué pasa si mi empleador no respeta el salario del convenio?

Si cobrás menos de lo que establece el CCT, tenés derecho a reclamar las diferencias salariales. Contactanos para saber cómo hacer el reclamo.

¿Cómo sé si mi empleador cumple con el convenio colectivo?

Podés comparar tu recibo de sueldo con la escala salarial vigente en el convenio de tu actividad o consultar con un abogado laboral.

¿Tenés más dudas sobre el Convenio Colectivo de Trabajo?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Derechos y deberes

¿Mi empleador puede modificar las condiciones del contrato de trabajo causándome algún perjuicio? ¿Dónde puedo averiguar si me encuentro (“en blanco”) en mi trabajo?

Derechos y deberes

¿Mi empleador puede cambiar mis condiciones laborales sin mi consentimiento?

No. Tu empleador no puede modificar aspectos esenciales de tu contrato si eso te causa un perjuicio económico o moral.
Si sufriste una modificación injustificada en tu salario, jornada laboral, funciones o lugar de trabajo, podés hacer un reclamo. Asesorate con nosotros.

¿Cómo sé si estoy registrado en mi trabajo?

Para verificar si estás en blanco, ingresá a la web del ARCA con tu CUIL y clave fiscal. También podés revisar tu recibo de sueldo o consultar en ANSES.

¿Qué hago si mi empleador no me registró correctamente?

Si trabajás en negro o parcialmente registrado (por ejemplo, con un sueldo menor al real), podés reclamar tu correcta registración y las indemnizaciones correspondientes. Contactanos para hacer valer tus derechos.

¿Cuáles son mis principales derechos como trabajador?

Tus principales derechos como trabajador son:
• Salario mínimo según convenio
• Aportes jubilatorios y obra social
• Vacaciones pagas y aguinaldo
• Jornada laboral limitada por ley
• Derecho a indemnización en caso de despido sin causa

¿Cuáles son mis obligaciones como trabajador?

Tus principales obligaciones como trabajador son:
• Cumplir con las tareas asignadas dentro del contrato
• Respetar el horario laboral y normas internas
• Mantener la confidencialidad de la información de la empresa

¿Tenés más dudas sobre distintos Derechos y Deberes?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Disposiciones generales

¿Cuál es la ley que regula mi contrato de trabajo? ¿Es legal que me inscriban como monotributista?

Disposiciones generales

¿Qué ley regula mi contrato de trabajo?

La principal norma es la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, Ley 20.744), que establece los derechos y obligaciones tanto del trabajador como del empleador.
Además, tu relación laboral puede estar regida por:
• Convenios Colectivos de Trabajo (CCT)
• Estatutos profesionales específicos
• Leyes complementarias de seguridad social y trabajo
• Usos y costumbres del sector
Si tenés dudas sobre qué norma te corresponde, contáctanos y te asesoramos.

¿Es legal que me inscriban como monotributista si trabajo en relación de dependencia?

No. Si trabajas bajo las órdenes de un empleador, cumpliendo un horario y percibiendo un sueldo fijo, deben registrarte como empleado en relación de dependencia.
Si te obligan a facturar como monotributista cuando en realidad sos empleado, tenés derecho a reclamar tu registración y las indemnizaciones por fraude laboral.¡Contactanos!

¿Cómo puedo saber si mi empleador me tiene bien registrado?

Podés verificarlo en la web del ARCA, ingresando con tu CUIL y clave fiscal. También podés revisar tu recibo de sueldo o consultar en ANSES.

¿Qué hago si mi empleador no me registra correctamente?

Si trabajás en negro o parcialmente registrado, podés reclamar tu correcta registración y exigir el pago de:
• Indemnización por trabajo no registrado
• Aportes jubilatorios y de obra social
• Diferencias salariales no abonadas

¿Tenés más dudas sobre otras disposiciones generales?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Jornada de trabajo

¿Cuál es la jornada laboral que debo cumplir?

Jornada de trabajo

¿Cuántas horas puedo trabajar por día y por semana?

Según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, Ley 20.744), la jornada laboral no puede superar:
• 8 horas diarias
• 48 horas semanales
Jornada parcial: Si trabajás menos de 32 horas semanales, se considera trabajo part-time y tu salario debe ajustarse proporcionalmente.
Horas extras: Si trabajás más de la jornada legal, deben abonarte horas extras con recargo.

¿Cómo se regula el trabajo nocturno?

Si trabajás entre las 21:00 P.M y las 6:00 A.M, la jornada se reduce a 7 horas con el mismo pago que una jornada de 8 horas. Si tenés dudas, contáctanos y te asesoramos.

¿Qué pasa con los feriados y días de descanso?

• Día de descanso obligatorio: Se debe respetar un descanso semanal de 35 horas corridas, incluyendo el domingo.
• Feriados: Si trabajás en un feriado nacional, debés cobrar el doble de tu salario habitual.

¿Qué se considera trabajo insalubre?

Un trabajo se considera insalubre cuando expone al trabajador a riesgos físicos, químicos, biológicos o psicosociales que afectan su salud, como:
• Exposición a sustancias tóxicas.
• Ambientes con temperaturas extremas.
• Ruidos intensos o vibraciones constantes.
• Carga física excesiva o esfuerzo repetitivo.
• Estrés laboral extremo o condiciones psicológicas adversas.
La declaración de insalubridad debe realizarla el Ministerio de Trabajo tras un análisis técnico del ambiente laboral.

¿Qué derechos tengo si mi trabajo se considera insalubre?

Si estás expuesto a condiciones insalubres en el trabajo, te corresponden derechos especiales, como:
• Reducción de la jornada laboral.
• Controles médicos periódicos.
• Medidas de protección adecuadas.
• Reubicación en caso de riesgo para tu salud.
• Derecho a negarte a prestar tareas peligrosas si no están dadas las condiciones mínimas de seguridad.
Contactanos para hacer valer tus derechos.

¿Cuál es la jornada laboral permitida en trabajos insalubres?

La ley establece que la jornada laboral en tareas insalubres debe ser reducida para proteger la salud del trabajador. En general, no puede superar las 6 horas diarias ni las 36 horas semanales.
Esto aplica a trabajos declarados insalubres por el Ministerio de Trabajo, luego de una evaluación técnica del ambiente y las tareas realizadas. Si tenés dudas, contáctanos.

¿Qué debo hacer si considero que trabajo en un ambiente insalubre?

1. Documentá la situación (fotos, videos, testigos).
2. Hacé una denuncia ante el Ministerio de Trabajo.
3. Consultanos para iniciar un reclamo o pedir una inspección.
¡No estás obligado a poner en riesgo tu salud para trabajar! Te ayudamos a actuar legalmente y a resguardar tus derechos.

¿Puedo negarme a trabajar si hay riesgo para mi salud?

Sí. La ley protege al trabajador en caso de riesgo grave e inminente para su salud. Si el ambiente de trabajo es insalubre y no se toman medidas, podés negarte a cumplir funciones peligrosas, con asesoramiento legal previo.

¿Tenés más dudas sobre la jornada de trabajo?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Modalidades del contrato de trabajo

¿Es legal no estar registrado durante el periodo de prueba? ¿El contrato de trabajo debe ser por escrito?

Modalidades del contrato de trabajo

¿El contrato de trabajo debe hacerse por escrito?

Depende del tipo de contrato:
• Contrato por tiempo indeterminado: No es obligatorio hacerlo por escrito. Se presume que todo contrato es por tiempo indeterminado, salvo que se pruebe lo contrario.
• Contrato a plazo fijo o eventual: Debe formalizarse por escrito, y el empleador debe entregar una copia al trabajador.
¿No te dieron contrato por escrito? Esto puede ser un indicio de fraude laboral. Consultanos para conocer tus derechos.

¿Es legal si estoy "a prueba" y mi empleador no me blanquea?

No. El período de prueba (de 6 a 12 meses dependiendo del tamaño de la empresa) debe estar registrado en ARCA.
Si trabajás en negro, el empleador debe pagarte indemnizaciones y multas en caso de despido. Contactanos para hacer valer tus derechos.

Tipos de contrato de trabajo en Argentina

• Tiempo indeterminado: Es la regla general y no requiere formalización escrita.
• Plazo fijo: Tiene una fecha de finalización determinada y debe formalizarse por escrito.
• Por temporada: Se usa en actividades con interrupciones periódicas, como el turismo o la agroindustria.
• Eventual: Para trabajos ocasionales o por necesidades extraordinarias del empleador.

¿Tenés más dudas sobre otras modalidades del Contrato de Trabajo?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Remuneración

¿Cómo y cuándo deben abonarme mi sueldo? ¿Cuándo se paga el aguinaldo?

Remuneración

¿Cómo debe abonarme el sueldo mi empleador?

• En efectivo o por cheque.
• También puede depositarlo en una cuenta bancaria a tu nombre.
Si te pagan en negro o no te depositan el sueldo correctamente, podés reclamar.

¿Cuánto tiempo tiene mi empleador para pagarme?

El pago debe realizarse después de que finaliza el período trabajado, dentro de estos plazos máximos:
• Sueldo mensual o quincenal: hasta 4 días hábiles.
• Sueldo semanal: hasta 3 días hábiles.
Si tu empleador no te pagó en término, podés exigir intereses y sanciones.

¿Qué es el Aguinaldo?

El aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario (SAC), es un derecho laboral que consiste en el pago de una suma extra equivalente al 50% de la mejor remuneración mensual percibida en cada semestre del año.

¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo (Sueldo Anual Complementario - SAC)?

• 1° cuota: hasta el 30 de junio.
• 2° cuota: hasta el 18 de diciembre.
Si querés saber cuánto te corresponde de Aguinaldo, te invitamos a usar nuestra Calculadora de Aguinaldo.
Si no te pagaron el aguinaldo o te lo abonaron mal, consultanos por WhatsApp y te asesoramos.

¿Tenés más dudas sobre tu remuneración?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Trabajo de mujeres

¿Cuánto dura la licencia por maternidad? ¿Cómo debo comunicar mi embarazo? ¿Qué pasa si me despiden por mi embarazo?

Trabajo de mujeres

¿Cuánto dura la licencia por maternidad?

La licencia por maternidad tiene una duración total de 90 días corridos, pero con la Ley Bases se flexibilizó su distribución:
• La trabajadora puede optar por usar toda la licencia después del parto.
• Ya no es obligatorio tomar 30 o 45 días previos a la fecha probable de parto.
• Puede usar, por ejemplo, los 90 días completos una vez nacido el bebé, si así lo desea.
Si tenés dudas sobre tu licencia, escribinos y te asesoramos.

¿Cómo debo comunicar mi embarazo a mi empleador?

Debe hacerse por escrito y con un certificado médico que indique el estado de embarazo y la fecha probable de parto.
Si no sabés cómo notificarlo correctamente, te ayudamos a hacerlo de manera segura.

¿Qué opciones tengo al terminar mi licencia por maternidad?

• Volver a tu trabajo en las mismas condiciones.
• Rescindir tu contrato con una compensación económica.
• Tomar una excedencia de 3 a 6 meses (sin goce de sueldo).
Si no sabés qué opción te conviene, te asesoramos.

¿Me pueden despedir si estoy embarazada?

No. Esto es ilegal y te corresponde una indemnización especial de 13 sueldos, además de la indemnización por despido.
Si sospechás que te despidieron por embarazo o maternidad, escribinos para reclamar lo que te corresponde.

¿Puedo amamantar durante mi jornada laboral?

Sí. Tenés derecho a dos descansos de 30 minutos para amamantar a tu bebé hasta el primer año de vida. Si necesitás más tiempo por razones médicas, podés solicitarlo.

¿Tenés más dudas sobre el trabajo de mujeres?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Vacaciones

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden? ¿Cuándo me los puedo tomar?

Vacaciones

¿Para qué sirven las vacaciones?

Las vacaciones tienen un objetivo claro: tu descanso y recuperación. Son un derecho irrenunciable para cuidar tu salud física y mental.

¿Puedo cambiar mis vacaciones por dinero?

No. Las vacaciones no son compensables en dinero, salvo en caso de extinción del contrato de trabajo.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

• Hasta 5 años de antigüedad ➝ 14 días corridos.
• De 5 a 10 años de antigüedad ➝ 21 días corridos.
• De 10 a 20 años de antigüedad ➝ 28 días corridos.
• Más de 20 años de antigüedad ➝ 35 días corridos.
¿No te dieron los días que te corresponden? Escribinos y te asesoramos.

¿Cuándo me deben otorgar las vacaciones?

El empleador debe otorgarlas entre el 1 de octubre y el 30 de abril. Debe avisarte por escrito con al menos 45 días de anticipación.

¿Puedo acumular vacaciones no tomadas?

Sí, pero solo la tercera parte del período anterior y con acuerdo entre trabajador y empleador.

¿Qué pasa si me enfermo durante mis vacaciones?

Si te enfermás o sufrís un accidente en este período, tenés derecho a recuperar los días que no pudiste disfrutar.

¿Las vacaciones son pagas?

Sí. Tu empleador debe abonarte el salario correspondiente antes del inicio de tus vacaciones.

¿Qué pasa si no me dan la fecha de mis vacaciones?

Si no te dan la fecha de tus vacaciones, podés elegirlas vos y notificarselas a tu empleador mediante telegrama laboral. Si tenés dudas sobre la fecha de tus vacaciones, consultanos.

¿Cómo se calcula el pago de mis vacaciones?

Si queres conocer lo que te corresponde por vacaciones, te invitamos a usar nuestra Calculadora de Plus Vacacional.

¿Tengo derecho a vacaciones si trabajo en negro?

Sí, aunque no estés registrado, tenés los mismos derechos que cualquier trabajador en relación de dependencia, incluyendo la licencia paga por vacaciones.

¿Cuándo se pagan las vacaciones?

La remuneración de las vacaciones debe abonarse antes de que comiencen, para que puedas disfrutar de las mismas. Si no te pagaron a tiempo, comunicate con nosotros para reclamar lo que te corresponde.

¿Me pagan las vacaciones no gozadas si renuncio o me despiden?

Sí, si renunciás o te despiden y aún no tomaste tus vacaciones, te corresponde el pago proporcional de las mismas en la liquidación final.

¿Tenés más dudas sobre vacaciones?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Accidentes y enfermedades inculpables

¿Cuánto tiempo de licencia me corresponde? ¿Qué pasa si se agota la licencia?

Accidentes y enfermedades inculpables

¿Qué pasa si me despiden mientras estoy de licencia por enfermedad o accidente?

Si el empleador te despide mientras estás de licencia paga, el despido es discriminatorio y corresponde una indemnización especial. ¡Si te despidieron en esta situación, comunicate con nosotros!

¿Cómo debo notificar a mi empleador que estoy enfermo o accidentado?

Debés avisar de inmediato y presentar un certificado médico. Si tu empleador lo solicita, te puede citar a un control médico, y si no podés movilizarte, puede efectuar el control médico en tu domicilio.

¿Mi empleador puede enviarme un médico a domicilio para verificar mi estado de salud?

Sí, el empleador tiene derecho (pero no la obligación) a verificar tu estado de salud enviando un médico a tu domicilio.

¿Qué sucede si el médico del empleador dice que puedo trabajar, pero mi médico personal dice que no?

En caso de discrepancia entre médicos, se puede iniciar un trámite ante el Ministerio de Trabajo o la justicia para definir la situación. Si te dicen que vuelvas a trabajar y no estas en condiciones, comunicate con nosotros de inmediato.

¿Cuánto tiempo de licencia me corresponde por mi enfermedad inculpable?

Si sufrís una enfermedad inculpable (es decir, una enfermedad que no se produce por culpa del trabajador), tenés derecho a una licencia paga por un tiempo determinado:
• Hasta 5 años de antigüedad: te corresponde 3 meses de licencia paga.
• Más de 5 años de antigüedad: te corresponde 6 meses de licencia paga.
• Si tenés cargas familiares, el tiempo de licencia paga se duplica. Recordá que durante este período, tu empleador no puede despedirte ni modificar tu contrato sin justificación.

¿Puedo hacer trabajos en mi casa mientras estoy con licencia médica?

No, la licencia es para la recuperación. Si tu empleador descubre que realizás tareas laborales incompatibles con tu estado, podría tomar medidas disciplinarias.

¿Pueden despedirme si no me recuperé cuando finaliza el año de reserva de puesto?

Sí, el empleador puede extinguir la relación laboral sin pagar indemnización por despido si se agota el año de reserva de puesto y no te encontras en condiciones de retomar tus tareas.

¿Qué es la reserva de puesto?

La reserva de puesto es el derecho que tiene el trabajador de mantener su puesto de trabajo (sin ser reemplazado) durante el tiempo que dure su licencia por enfermedad o accidente, en especial cuando se trata de una enfermedad inculpable o un accidente no relacionado con el trabajo.
Esto significa que, mientras estés en licencia por enfermedad, el empleador debe guardar tu puesto y no podrá contratar a otra persona para tu cargo hasta que vuelvas.

¿Sigo teniendo mi obra social mientras estoy en reserva de puesto?

Sí, mientras estés en reserva de puesto, continúas afiliado a tu obra social. Los aportes correspondientes a la obra social deben seguir siendo realizados por tu empleador, lo que te garantiza la cobertura médica durante tu período de licencia.
Si tenés dudas o necesitas más detalles sobre tu situación laboral y derechos, comunicate con nosotros para recibir asesoramiento personalizado.

¿Tenés más dudas sobre accidentes y enfermedades inculpables?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Sanciones Laborales

¿Cuánto tiempo de licencia me corresponde? ¿Qué pasa si se agota la licencia?

Sanciones Laborales

¿Qué son las sanciones laborales?

Las sanciones laborales son medidas disciplinarias que puede aplicar el empleador ante un supuesto incumplimiento del trabajador. Las más comunes son:
• Amonestaciones.
• Suspensiones.
• Llamados de atención.
Estas sanciones deben ser proporcionales, fundadas y comunicadas por escrito.

¿Mi empleador puede sancionarme como él quiera?

No. El empleador no puede aplicar sanciones arbitrarias ni abusivas. Debe:
• Justificar la sanción con hechos concretos.
• Notificarla por escrito.
• Guardar un criterio de proporcionalidad.
Si recibiste una sanción que te parece injusta o exagerada, consultanos antes de responder o firmar.

¿Qué puedo hacer si me suspenden?

Si la suspensión no tiene causa real, es desproporcionada o se reitera sin justificación, podés:
• Contestarla por escrito.
• Reclamar su nulidad.
• Denunciar persecución laboral si hay sanciones reiteradas o arbitrarias.
Contactanos y te ayudamos a redactarla.

¿Cuántos días me pueden suspender?

La ley establece que el empleador no puede suspenderte más de 30 días en un año, salvo autorización judicial o acuerdo con el sindicato. Las suspensiones prolongadas o reiteradas pueden constituir una forma encubierta de hostigamiento. ¡Consultanos!

¿Qué pasa si no respondo a una sanción?

Si no respondés, la sanción puede quedar firme y usarse en tu contra en el futuro, incluso como motivo de despido con causa. Por eso es clave responder con asesoramiento legal.

¿Tenés más dudas sobre sanciones?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Cambios en las Condiciones de Trabajo

¿Cuánto tiempo de licencia me corresponde? ¿Qué pasa si se agota la licencia?

Cambios en las Condiciones de Trabajo

¿Qué hago si me cambiaron de tarea, de lugar o de horario sin consultarme?

Si el cambio no fue consensuado y te genera un perjuicio (económico, familiar o profesional), podés:
• Rechazar el cambio por escrito (te ayudamos a redactarlo).
• Considerarte despedido por causa del empleador si se configura una injuria grave.
• Reclamar la restitución de tus condiciones originales.
¡No tomes decisiones apresuradas! Consultanos antes para proteger tus derechos.

¿Qué cambios puede hacer el empleador sin mi consentimiento?

El empleador solo puede modificar aspectos menores o accesorios del contrato, siempre que:
• No impliquen un perjuicio para el trabajador.
• No afecten condiciones esenciales como la remuneración, funciones o lugar habitual de trabajo.

¿Puedo reclamar si me bajaron el sueldo?

Sí. Toda modificación salarial negativa es ilegal si no fue acordada. Podés reclamar el restablecimiento de tu salario anterior y las diferencias salariales adeudadas. Si esta reducción constituye una injuria grave, podés considerarte despedido con derecho a indemnización.

¿Qué pasa si no rechazo los cambios?

Si no manifestás tu disconformidad en un plazo razonable, podría considerarse que aceptaste tácitamente el cambio. Por eso es muy importante actuar a tiempo y con asesoramiento legal.

¿Tenés más dudas sobre cambios en las condiciones de trabajo?

En Estudio Szlit & Asociados te asesoramos en cada paso. Hablá con nosotros por WhatsApp al 11-3601-0000 y protegé tus derechos.

Consultar

Tal vez te pueden interesar estos otros recursos

Calculadora de Indemnización por Accidente

Calculadora de Indemnización por Accidente

Conocé rápidamente el monto de tu indemnización por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Calculá ahora ->
¿Cuál es mi ART?

¿Cuál es mi ART?

Consultá tu ART al instante.

Ver más ->
Telegrama Laboral

Telegrama Laboral

Accedé a todos los formularios de telegramas laborales

Ver más ->
Calculadora de Plus Vacacional

Calculadora de Plus Vacacional

Es una remuneración adicional que se otorga a los trabajadores cuando se toman sus vacaciones.

Calculá ahora ->

Nuestras publicaciones

  • Flayer informativo
  • Flayer informativo
  • Flayer informativo
  • Flayer informativo
  • Flayer informativo
  • Flayer informativo

Asesorate gratis